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La Convención Americana sobre Derechos Humanos (también llamada Pacto de San José de Costa Rica o CADH) fue suscrita, tras la Conferencia Especializada Interamericana de Derechos Humanos, el 22 de noviembre de 1969 en la ciudad de San José de Costa Rica y entró en vigencia el 18 de julio de 1978. Es una de las bases del Sistema interamericano de protección de derechos humanos. Los Estados partes en esta Convención se "comprometen a respetar los derechos y libertades reconocidos en ella y a garantizar su libre y pleno ejercicio a toda persona que esté sujeta a su jurisdicción, sin discriminación alguna". Si el ejercicio de tales derechos y libertades no estuviere ya garantizado por disposiciones legislativas o de otro carácter, los Estados partes están obligados a adoptar medidas legislativas o de otro carácter que fueren necesarias para hacerlos efectivos. Además, establece la obligación, para los Estados partes, del desarrollo progresivo de los derechos económicos, sociales y culturales contenidos en la Carta de la Organización de los Estados Americanos, en la medida de los recursos disponibles, por vía legislativa u otros medios apropiados. Como medios de protección de los derechos y libertades, establece dos órganos para conocer de los asuntos relacionados con el cumplimiento de la Convención: la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Ha sido complementada con:
editar ContenidoEsta Convención consagra diversos derechos civiles y políticos, entre otros: el derecho al reconocimiento de la personalidad jurídica, el derecho a la vida, derecho a la integridad personal, derecho a la libertad personal y garantías judiciales, derecho al respeto de la honra y reconocimiento de la dignidad, la libertad de conciencia y de religión, la libertad de pensamiento y de expresión, y el derecho a asociarse libremente. PARTE I - DEBERES DE LOS ESTADOS Y DERECHOS PROTEGIDOS
CAPITULO II - DERECHOS CIVILES Y POLITICOS
CAPITULO III - DERECHOS ECONOMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
CAPITULO IV - SUSPENSION DE GARANTIAS, INTERPRETACION Y APLICACION
CAPITULO V - DEBERES DE LAS PERSONAS
PARTE II - MEDIOS DE LA PROTECCION
CAPITULO VII - LA COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
CAPITULO VIII - LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
CAPITULO IX - DISPOSICIONES COMUNES
PARTE III - DISPOSICIONES GENERALES Y TRANSITORIAS
CAPITULO XI - DISPOSICIONES TRANSITORIAS
editar Véase tambiéneditar Enlaces externos
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